Solicitud de una matrícula para un vehículo para el que existe abierto, o se va a abrir, un expediente de autorización ante la AESF o ante la EUAR, que requiera de la emisión de una nueva matrícula. En cualquier caso, el área de uso deberá contener toda o parte de la RFIG.
Las matrículas pre – reservadas tendrán una validez máxima de 5 años. Si en el mencionado plazo no se ha solicitado el alta de los vehículos en el Registro Nacional de Vehículos español, se procederá a la anulación de la reserva, salvo que el solicitante comunique que el proceso de autorización en el que están involucradas sigue abierto.
- Solicitante: Keeper (poseedor) del vehículo o solicitante en el proceso de autorización.
- Documentación adicional:
- Documentación justificativa de la apertura del expediente y breve resumen del mismo, indicando al menos:
- Peticionario: [Nombre de la empresa]
- Identificación del vehículo: [Descripción general del vehículo]
- Tipología de vehículo: [Locomotoras, vagones, autopropulsados, coches, material rodante auxiliar]
- Número de vehículos [Número de matrículas solicitadas]
- ERATV ID: [Código de tipo de vehículo en el Registro ERATV. Si no dispone, indicar N/D]
- Referencia expediente Ventanilla Única [OSS]: [Código de expediente de autorización o de compromiso previo en OSS, si existe. Si no dispone, indicar N/D]
- Área de uso prevista: [Indicar el área de uso en función de: ancho de vía, tipo de electrificación, sistemas de comunicaciones y sistemas de protección automática]
- Datos técnicos mínimos necesarios para la definición de la nueva matrícula, de acuerdo a lo especificado en la Decisión 2018/1614 de la Comisión.
Instrucciones para la tramitación electrónica