Gobierno de España. Ministerio de Fomento

Procedimiento de reporte de datos de seguimiento por parte de las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla en relación con el Programa de ayudas a autónomos y pymes para modernizar el transporte por carretera, regulado en el Real Decreto 902/2022, de 25 de octubre

El Real Decreto 902/2022, de 25 de octubre, por el que se aprueba la concesión directa, a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla, de ayudas para la modernización de empresas privadas de transporte de viajeros prestadoras de servicios de transporte por carretera y de empresas privadas que intervienen en el transporte de mercancías por carretera, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea – Next Generation EU, tiene por objeto regular la concesión directa, con carácter extraordinario, y por razones de interés público, social y económico, de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla, así como su distribución y entrega, en las cuantías y términos que figuran en el artículo 20, de acuerdo con lo previsto en los artículos 22.2.c), 28.2 y 28.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Debido al marco competencial y a la jurisprudencia constitucional aplicable en materia de ayudas y subvenciones, se ha establecido un proceso de concesión directa de subvenciones a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla. Así, el citado real decreto establece un modelo para la concesión directa de ayudas, basado en mecanismos de cooperación y colaboración sustanciales a la estructura del Estado de las autonomías. De esta manera, corresponde a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla la aprobación de las convocatorias de subvenciones a favor de los destinatarios últimos de las ayudas, con estricto cumplimiento de los hitos y objetivos del PRTR.

Según se establece en el artículo 11 del Real Decreto 902/2022, de 25 de octubre, con objeto de que el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, como responsable de la gestión de los fondos del programa, pueda certificar o acreditar su debida ejecución ante las autoridades competentes, las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla beneficiarias tendrá la obligación de remitirle cuanta información y documentos pudiera requerirles, así como cumplir puntualmente con lo que pudiera disponerse por cualquier norma, reglamentación o instrucción aplicable.

Así, en el artículo 12 de este real decreto se recoge que las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla remitirán la información que el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana les solicite de acuerdo con los contenidos mínimos que se establecen en el anexo IV para realizar el seguimiento de los resultados del programa, mediante un volcado de información a través de un formulario digital que se facilitará a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla desde el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. Dicha información será puesta a su disposición, así como, en su caso, de cualquier otra autoridad competente para la evaluación de la gestión y ejecución tanto del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, como del PRTR.

Para dar cumplimiento a lo anterior, se resuelve publicar el presente procedimiento, denominado “Reporte de datos de seguimiento, por parte de las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla, en relación con el Programa de ayudas a autónomos y pymes para modernizar el transporte por carretera, regulado en el Real Decreto 902/2022, de 25 de octubre” y mediante el cual se establece el formulario digital y la herramienta mediante los cuales se deberá realizar el reporte de la información requerida.

Obligaciones de las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla

Las obligaciones de las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla son las que se establecen en los artículos 10 y 11 del Real Decreto 902/2022, de 25 de octubre.

Reporte de datos y plazos

El reporte de datos se ajustará a lo establecido en el artículo 12 del Real Decreto 902/2022, de 25 de octubre, y se realizará conforme a lo recogido en el Manual de usuario de la plantilla desarrollada para el volcado de datos relativos al Programa de ayudas a autónomos y pymes para modernizar el transporte por carretera.

Las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla trasladarán esta información mensualmente, desde el 1 de febrero de 2023, y en un plazo máximo de diez días desde el último día del mes anterior.

Acceso a la herramienta de reporte de datos

Control económico-financiero

Tal y como se recoge en el artículo 13 del Real Decreto 902/2022, de 25 de octubre, se establecen dos hitos de control de la ejecución del presupuesto, a efectos de poder valorar el grado de ejecución correspondiente y, en su caso, el reintegro anticipado del saldo no ejecutado ni comprometido. Estos hitos de control serán el 30 de noviembre de 2023 y el 31 de enero de 2024.

Las comunidades autónomas y las ciudades de Ceuta y Melilla deberán remitir al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana un informe de sus respectivos órganos de gestión para cada uno de los anteriores hitos de control, en un plazo máximo de quince días desde la fecha del hito. Estos informes se ajustarán a la plantilla establecida por el Ministerio y que puede descargarse en esta sede electrónica.

Se encuentra disponible el buzón digitalizacionccaa@mitma.es, al que los interesados pueden remitir cualquier duda o consulta sobre el proceso de reporte de datos de seguimiento relativos al Programa de ayudas a autónomos y pymes para modernizar el transporte por carretera.