Gobierno de España. Ministerio de Fomento

Notificación del ejercicio profesional de actividades subacuáticas

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 61 del Real Decreto 550/2020, de 2 de junio, por el que se determinan las condiciones de seguridad de las actividades de buceo, las personas físicas o jurídicas pondrán en conocimiento de la Dirección General de la Marina Mercante el ejercicio profesional de las siguientes actividades de buceo:

  • Las actividades de formación o de guiado en la modalidad de buceo recreativo, llevado a cabo por guías o instructores.
  • Las actividades realizadas en la modalidad de buceo profesional.
  • Las actividades realizadas en la modalidad de buceo extractivo.
  • Las actividades realizadas en la modalidad de buceo científico.

Formulario oficial para realizar el trámite de la notificación. Se puede descargar en este enlace.

En este formulario se indicarán los datos personales y de contacto de la persona física o jurídica de que se trate, señalados en el anexo IV de la norma anteriormente citada.

Esta notificación se realizará una única vez en la vida de la empresa o la persona física, y siempre que cambie alguno de los datos señalados en dicho anexo IV.