Solicitud de reconocimiento de una empresa como Entidad Colaboradora de Inspección de embarcaciones de recreo.
Los reconocimientos e inspecciones periódicos, intermedios, adicionales y extraordinarios de carácter obligatorio, se realizarán a través de las Entidades Colaboradoras de Inspección que hayan sido previamente reconocidas por la Administración Marítima.
Las autorizaciones otorgadas a las Entidades Colaboradoras tendrán validez para todo el ámbito territorial del Estado, y podrán ser suspendidas temporalmente o revocadas cuando dejen de cumplirse las condiciones y requisitos que sirvieron de base para la acreditación.