Gobierno de España. Ministerio de Fomento

Descripción del procedimiento

Autorización genérica para el transporte de viajeros, necesaria para salir del territorio español, con destino o en tránsito por territorio de la Unión Europea.

Es necesario ser titular de esta autorización para poder solicitar las autorizaciones para servicios regulares internacionales y las autorizaciones para servicios discrecionales y de lanzadera internacionales con destino o en tránsito por territorio de la Unión Europea.

Los pasos seguidos dentro del procedimiento son:

  • El interesado cursa la solicitud, adjuntando el documento acreditativo del pago de tasas.
  • La Dirección General Transporte por Carretera comprueba internamente si cumple con los requisitos. Los datos necesarios ya obran en poder de la administración y por tanto no son solicitados al interesado:
    • Capacitación profesional
    • Tarjeta de Transporte Nacional
    • No tener sanciones pendientes de pago
  • Si cumple todos los requisitos, se resuelve la solicitud y se genera la autorización pertinente. (Se expide una copia certificada por cada vehículo que se desea que tenga la licencia).
  • Si no cumple todos los requisitos, se le requiere verbalmente o por escrito, con acuse de recibo y plazo, para que subsane los defectos hallados en su expediente.
  • Se le apercibe de que, de no subsanarlos en el plazo establecido, se archivará el expediente sin más trámite.
  • Si subsana los defectos de su expediente, se otorga la licencia comunitaria y las copias solicitadas.
  • Si no los subsana en el plazo establecido para ello, se archiva el expediente.
  • La licencia comunitaria y sus copias se envían por correo al interesado a la dirección que figura en la solicitud, con acuse de recibo, o pueden recogerse por éste en el Departamento que expide el documento.

Durante la solicitud telemática se le exigirá que facilite el denominado NRC ("Número de Referencia Completo"). El NRC sirve para justificar que el pago de la tasa (modelo 790, código 023) se ha realizado correctamente. Por tanto, la solicitud telemática requiere el previo pago telemático de la tasa.

Aplicación externa a la Sede Electrónica del Ministerio de Fomento

La aplicación que permite la tramitación electrónica de este procedimiento aún no está integrada en esta Sede Electrónica.

Hasta que sea incorporada al flujo normal de funcionamiento de la Sede, la gestión de los trámites está sujeta al marco específico establecido por la aplicación, de forma independiente a las funcionalidades generales de la Sede.