Gobierno de España. Ministerio de Fomento

Observaciones

Modelo

790

Código

025

Centro Gestor

Dirección General de la Marina Mercante

Tasa

Registro de Buques y Empresas Navieras

El modelo será utilizado exclusivamente para la autoliquidación de las Tasas por prestación de servicios y actuaciones de la Administración en materia de Registros de Buques y Empresas Navieras.

La tasa se devengará en el momento de presentar la solicitud correspondiente.

Hecho imponible

Tasa por actuaciones de los Registros de Buques y Empresas Navieras. Definida en la Ley de Medidas Fiscales, Administrativas y de Orden Social, de 27 de Diciembre de 2001.

Regulación legal

Artículo 17 de la Ley 24/2001 de 27 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.

Instrucciones de cumplimentación

Identificación

Rellenar todos los apartados con los datos del sujeto pasivo.

Autoliquidación

Indicar el número de actuaciones solicitadas. Para las tasas de inscripción y baja, indicar las unidades de arqueo en GT's anotadas en la Hoja de Asiento del buque o embarcación. En su defecto, indicar las Toneladas de Registro Bruto (TRB) anotadas en la Hoja de Asiento.

Concepto

Haga constar en "Observaciones" el nombre y matrícula del buque o embarcación.

Actuaciones administrativas sujetas a esta tasa

  • Cambio de titularidad, nombre, lista o clasificación.
  • Obras o cambio de motor.
  • Inscripción o baja (exportación, desguace o siniestro) en el Registro Marítimo Español.
  • Otras anotaciones en Hoja de Asiento a instancia de parte (especificar).

Incluya el número de expediente si se conoce y cualquier otro dato que permita identificar la actuación administrativa sujeta a esta tasa.

Ingreso (opción sin certificado)

El ingreso se efectuará a través de entidades colaboradoras (Bancos, Cajas de Ahorro y Cooperativas de Crédito) en las que no es preciso tener cuenta abierta, mediante la presentación de este documento de ingreso. Una vez efectuado el ingreso, deberá entregar el "Ejemplar para la Administración" al Órgano Gestor (Dirección General de la Marina Mercante o sus Capitanías Marítimas), requisito indispensable para la tramitación del expediente.