Centro Gestor
Dirección General de la Marina Mercante
Tasa
Emisión de documento del Registro Sinóptico Continuo.
Hecho imponible
Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de los servicios de Emisión de documento del Registro Sinóptico Continuo.
Importe
18 €
Regulación legal
Apartado 49 de la Disposición final segunda de la Ley 33/2010 de 5 de agosto, de modificación de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios en los puertos de interés general.
Ingreso (opción sin certificado)
El ingreso se efectuará a través de entidades colaboradoras (Bancos, Cajas de Ahorro y Cooperativas de Crédito) en las que no es preciso tener cuenta abierta, mediante la presentación de este documento de ingreso. Una vez efectuado el ingreso, deberá entregar el "Ejemplar para la Administración" al Órgano Gestor correspondiente, requisito indispensable para la tramitación del expediente.