Gobierno de España. Ministerio de Fomento

Observaciones

Modelo

790

Código

097

Centro Gestor

Dirección General de la Marina Mercante

Tasa

Emisión de documento del Registro Sinóptico Continuo.

Hecho imponible

Constituye el hecho imponible de la tasa la prestación de los servicios de Emisión de documento del Registro Sinóptico Continuo.

Importe

18 €

Regulación legal

Apartado 49 de la Disposición final segunda de la Ley 33/2010 de 5 de agosto, de modificación de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios en los puertos de interés general.

Ingreso (opción sin certificado)

El ingreso se efectuará a través de entidades colaboradoras (Bancos, Cajas de Ahorro y Cooperativas de Crédito) en las que no es preciso tener cuenta abierta, mediante la presentación de este documento de ingreso. Una vez efectuado el ingreso, deberá entregar el "Ejemplar para la Administración" al Órgano Gestor correspondiente, requisito indispensable para la tramitación del expediente.