Gobierno de España. Ministerio de Fomento

Obligaciones de Servicio Público (OSP)

Descripción del procedimiento

En el ámbito del transporte aéreo una de las principales herramientas utilizadas por los Estados Miembros de la Unión Europea para garantizar la cohesión territorial, es el establecimiento de Obligaciones de Servicio Público (OSP) en aquellas rutas aéreas en las que la aplicación de las reglas generales de libre mercado no garantizan una adecuada movilidad de los ciudadanos en términos de disponibilidad o precios.

En las rutas en las que se dan esas circunstancias y bajo condiciones muy tasadas, como excepción al régimen general de libertad de acceso al mercado y de fijación de precios, los gobiernos pueden imponer unas condiciones mínimas que las compañías aéreas que quieran operar en la ruta tendrán que satisfacer, y que se refieren a precios máximos, número mínimo de vuelos, capacidad mínima (asientos), horarios de operación, etc.

Cuando ninguna compañía aérea está dispuesta a dar cumplimiento a las condiciones impuestas en la ruta, el Estado puede entonces adjudicar la prestación del servicio en exclusividad y a través de un proceso de licitación pública, a una compañía aérea a la que se compensará por el déficit económico en el que incurra por la prestación de los servicios.

Aplicación para la validación de formatos

Regulación legal

El marco normativo de las OSP tiene dimensión comunitaria y está recogido como norma de base, en el Reglamento (CE) 1008/2008, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 24 de septiembre, sobre normas comunes para la explotación de servicios aéreos en la Comunidad.

El Reglamento 1008 establece las condiciones que se deben dar en una ruta para poder establecer obligaciones de servicio público en relación con servicios aéreos regulares, de tal manera que se cumplan determinados requisitos en materia de continuidad, regularidad, precios y capacidad mínima que las compañías aéreas no asumirían si únicamente tuvieran en cuenta su interés comercial.