Gobierno de España. Ministerio de Fomento

Premio Nacional de Arquitectura

Procedimiento del Premio Nacional de Arquitectura correspondiente al año 2022

I. Base jurídica

De carácter anual, el Premio Nacional de Arquitectura, galardón con más de ochenta años de antigüedad, tiene por finalidad “rendir testimonio de admiración a una persona física o entidad con personalidad jurídica que, con su trabajo o con el conjunto de su obra, contribuya o haya contribuido de forma extraordinaria al enriquecimiento de los aspectos sociales, tecnológicos y sostenibles de la Arquitectura o el Urbanismo español dentro y fuera de nuestras fronteras”.

El Premio Nacional de Arquitectura, dotado con 60.000 euros, es promovido por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en el ejercicio de las facultades establecidas en el Real Decreto 645/2020, de 7 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, en el cual, de acuerdo con su artículo 11.2 se establece que corresponde a la Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura la organización y difusión del Premio Nacional de Arquitectura y otros premios de Arquitectura promovidos o en los que participe el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana.

Por Orden FOM/2266/2013, de 27 de noviembre, (BOE núm. 289, de 3 de diciembre de 2013) se establecieron las bases reguladoras del Premio Nacional de Arquitectura. De conformidad con lo previsto en la base segunda del anexo de dicha Orden, el Premio Nacional de Arquitectura se convocará y otorgará con carácter anual.

La convocatoria del Premio se efectuará mediante Orden ministerial dictada por quien ostente la titularidad del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y evidencia la importancia que el Departamento otorga a este Premio, pues contribuye de forma extraordinaria a proyectar la excelencia de la arquitectura española dentro y fuera de nuestras fronteras.

La Orden TMA/933/2022, de 10 de septiembre, por la que se convoca el Premio Nacional de Arquitectura correspondiente al año 2022, fija el plazo de presentación de candidaturas; se concreta la existencia del crédito presupuestario al que se imputa el premio; se dan a conocer las personas que forman parte del Jurado, y se establece el plazo para dictar la resolución de concesión o la declaración como desierto.

II. Descripción del contenido y de la tramitación del Premio Nacional de Arquitectura 2022

Como aspectos más destacados de la convocatoria, pueden destacarse los siguientes:

  • Cuantía del premio: 60.000,00 €, que se imputan al crédito presupuestario 17.10.261O.488.
  • Las candidaturas para concurrir al Premio Nacional deberán ser presentadas por organizaciones, instituciones o corporaciones con personalidad jurídica que tengan acreditada vinculación con la Arquitectura, el Urbanismo y las Bellas Artes. En consecuencia, se encuentran obligados a la presentación de la candidatura por medios electrónicos, conforme al artículo 14.1 y 14.2 de la Ley 39/2015, deberán presentarlas en el plazo indicado por vía telemática a través de la siguiente dirección: https://sede.mitma.gob.es/.
  • Plazo de presentación de candidaturas: 20 días naturales.
  • Documentación a aportar: Una solicitud acompañada de una memoria en la que se hará constar los méritos y circunstancias especiales que concurren en la candidatura propuesta y todo el material documental que permita acreditar la contribución del candidato propuesto al enriquecimiento de los aspectos sociales, tecnológicos y sostenibles de la Arquitectura o el Urbanismo español dentro y fuera de nuestras fronteras.
  • Plazo máximo para dictar la resolución del fallo del premio: 4 meses.
  • Procedimiento de resolución: mediante Orden ministerial, a propuesta de un Jurado, que estará formado por:
    • Presidencia de Honor: La Ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, quien no participará en las deliberaciones del Jurado.
    • D. Alberto Campo Baeza, Premio Nacional de Arquitectura 2020.
    • Dña. Carme Pinós, Premio Nacional de Arquitectura 2021.
    • Dña. Blanca Muñoz Gonzalo, a propuesta de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando.
    • D. Miguel Ángel Alonso del Val, a propuesta de la Conferencia de Rectores de Universidades Españolas.
    • D. José María Sánchez, a propuesta del Consejo Superior de Colegios de Arquitectos de España.
    • Dña. Concha Barrigós, a propuesta de la Federación de Asociaciones de Periodistas de España.
    • Dña. Rocío Pina Isla, a propuesta de la Dirección General de Agenda Urbana y Arquitectura.
    • Secretario: El Director General de Agenda Urbana y Arquitectura, que actuará con voz y voto.
    • Secretario de actas: La Subdirectora General de Arquitectura y Edificación, con voz pero sin voto.

En el acto de constitución del Jurado, sus miembros elegirán de entre ellos a la persona que ostentará la Presidencia del mismo.

  • Plazo máximo para la propuesta del fallo del premio: El jurado emitirá su informe sobre las candidaturas presentadas en el plazo máximo de un mes desde el día siguiente a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.