El artículo 26.1 de la
Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos señala que “los registros electrónicos se regirán a efectos de cómputo de los plazos imputables tanto a los interesados como a las Administraciones Públicas por la fecha y hora oficial de la Sede Electrónica de acceso, que deberá contar con las medidas de seguridad necesarias para garantizar su integridad y figurar visible”.
Asimismo, el artículo 6.2 j) del
Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente
la Ley 11/2007, establece que las Sedes Electrónicas indicarán
la “fecha y hora oficial a los efectos previstos en el artículo 26.1 de la Ley 11/2007, de 22 de junio”.
Por último, el artículo 15.2 del
Real Decreto 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional
de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica, indica que “la sincronización de la fecha y la hora se realizará con el Real Instituto y Observatorio de la Armada, de conformidad con lo previsto sobre la hora legal en el Real Decreto 1308/1992, de 23 de octubre, por el que se declara al Laboratorio del Real Instituto y Observatorio de la Armada, como laboratorio depositario del patrón nacional de Tiempo y laboratorio asociado al Centro Español de Metrología y, cuando sea posible, con la hora oficial a nivel europeo”.
En cumplimiento de estas disposiciones se ofrece la fecha y hora oficial de la Sede
Electrónica del Ministerio de Fomento.
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