Gobierno de España. Ministerio de Fomento

Exención de notificación previa a la entrada de buque en puerto

Solicitud de exención de notificación previa a la entrada de buque en puerto.

La Dirección General de la Marina Mercante, previa solicitud justificada de la compañía, podrá eximir de la obligación de suministrar información sobre la protección antes de la entrada de un buque a un puerto en el caso de los buques dedicados a servicios regulares entre instalaciones portuarias de puertos situados en territorio español, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en el artículo 19.5 del Real Decreto 1617/2007, de 16 de noviembre.