Gobierno de España. Ministerio de Fomento

Notificación de datos Líneas Regulares

Las empresas que realizan navegaciones de cabotaje deben remitir a la Dirección General de la Marina Mercante, a 31 de diciembre de cada año, información relativa a cada una de las líneas regulares que exploten, según lo establecido en el artículo 4 del Real Decreto 1516/2007. El no cumplimiento de esta obligación, el incumplimiento insuficiente o bien con falseamiento de datos comportará la iniciación de expediente administrativo sancionador, según lo previsto en el artículo 11.2. del citado Real Decreto.